Mediante un amparo judicial presentado por la Unión de Trabajadores de la Educación de la Capital (UTE); Asociación Civil Observatorio del Derecho de la Ciudad (AODC); Asociación Civil Asamblea Permanente por los Derechos Humanos –Regional CABA- (APDH); Marcelo Eduardo López; María Eva Koutsovitis; Pablo Damián Spataro y Claudio Raúl Lozano, con el patrocinio etrado de Jonatan Baldiviezo. 

 

Tras la presentación del amparo, la titular del Juzgado n.° 1 del fuero Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires, Romina Tesone, dispuso la publicación por tres (3) días con el objetivo de hacer saber a los interesados que -en el plazo de tres (3) días a partir de la toma de conocimiento de lo aquí dispuesto- podrán presentarse en los autos «Unión de Trabajadores de la Educación – Capital y otros contra GCBA sobre amparo – asistencia alimentaria y otros subsidios», Expediente n.° 183659/2020-0, a los efectos de intervenir en el proceso y que el expediente se encuentra disponible para su consulta a través del sistema informático EJE.

La justicia porteña informa, acerca del objeto que «los autos de la referencia fueron iniciados a fin de que se ordene al GCBA continuar durante el período de receso escolar con la prestación del servicio alimentario realizado a través de la entrega de la Canasta Escolar Nutritiva, con la misma calidad o superior, a la totalidad de los alumnos y estudiantes que fueron beneficiarios durante el período escolar, a través de Centros de Distribución que considere pertinentes respetando el derecho de los docentes y directivos a las vacaciones tal como reconoce el Estatuto del Docente; o través del depósito en una tarjeta magnética alimentaria o cuenta bancaria de un monto de dinero equivalente o superior al entregado a cada empresa concesionaria por canasta escolar nutritiva».

En referencia al estado procesal, se informa que «con fecha 30 de diciembre de 2020 se ordenó cautelarmente a la demandada que ‘–por los canales oficiales mediante los que establece su comunicación con la comunidad educativa en todos sus niveles- en el término de dos (2) días de notificado emita una circular y publique en la página oficial del GCBA correspondiente al Ministerio de Educación una nota en la que se haga saber a las familias que –de requerir soporte alimentario durante el receso de verano- podrán solicitarla a través de los programas de asistencia alimentaria vigentes y se detallen los modos de peticionarla y cuáles son lugares o medios de contacto por donde pueden para tramitarla’ y se dispuso proveer el traslado de la demanda una vez vencido el plazo de publicidad».

El expediente tramita por ante la secretaría n.º 2, ubicada en Av. de Mayo 654 7°, de esta Ciudad, a cargo de María de los Ángeles Tagliaferri.

Fuente: Ijudicial