La iniciativa buscaba impulsar el desarrollo comercial de la zona, con emprendimientos del sector vitivinícola.

Una de las grandes iniciativas del Gobierno de la Ciudad en la post pandemia fue la creación del Distrito del Vino en la zona de Villa Devoto como epicentro, junto a otros barrios de la Comuna 11 y 15. La misma fue permitiendo la incorporación de emprendimientos del sector vitivinícola, atraídos por los beneficios impositivos. Así, fue creciendo el polo gastronómico en torno a la Plaza Arenales.

Sin embargo, esta semana la ley que creó al Distrito fue declarada "inconstitucional" por la Justicia porteña, y se dispuso su nulidad. El fallo lo dispuso esta semana el Juez Guillermo Martín Scheibler, titular del Juzgado de 1ra Instancia en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad N° 13, haciendo lugar a la acción de amparo que había presentado en 2022 el Observatorio por el Derecho a la Ciudad y la Asamblea de Residentes del Distrito del Vino.

El principal argumento del rechazo a la ley, según el Observatorio, se basaba en el hecho de que "el Distrito del Vino es un eufemismo para denominar un mecanismo mediante el cual la Ciudad le devuelve entre el 50% y el 75% de su inversión a aquellos empresarios/as que inviertan en la instalación de explotaciones comerciales relacionadas con el vino, a través de créditos impositivos", según indicó en un documento su titular Jonatan Baldiviezo.

"La población porteña prácticamente le regala estos recursos a privados. Además, la ley está redactada de tal modo que no beneficiará a pymes sino a grandes empresas que no tendrían prioridad recibir apoyo estatal en esta crisis económica. Otro mecanismo de transferencia de recursos públicos a manos privadas”, destacó en el mismo sentido.

El tribunal hizo énfasis en la ausencia de la participación ciudadana que requiere la normativa para este tipo de leyes. En su mirada, para la sanción de la ley 6447 debió producirse procedimiento de doble lectura previsto en el artículo 89 y regulado en el artículo 90 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y que debió convocarse a audiencia pública porque implicaba legislar sobre “excepciones a regímenes generales” y en relación a materia ambiental.

Otra crítica del tribunal provino del hecho de las ventajas impositivas dispuestas en la Ley. "No puede pasarse por alto que permitir a un grupo de personas (físicas o jurídicas) imputar como pago a cuenta una inversión realizada para una actividad determinada, y en una localización determinada, constituye una situación excepcional y de privilegio que difiere del régimen general establecido para el común de los contribuyentes", subrayó la sentencia.

Otra de las referentes del Observatorio, Eva Koutsovitis, unió el reclamo contra el Distrito con el rechazo interbarrial a la reforma del Código urbanístico. "La transformación que están sufriendo estos barrios se realiza sin consideración de la calidad de vida y ambiental de sus habitantes, y sin que se haya cumplido las instancias de participación obligatorias que exige la Constitución, en especial, con relación al Distrito del Vino. Tampoco se realizó ninguna evaluación de impacto ambiental acumulativa y estratégica frente a los grandes cambios autorizados por estas nuevas leyes urbanísticas y fiscales. Un barricidio en aras de la especulación inmobiliaria y los negocios comerciales con dinero público”, consideró la mujer, de profesión ingeniera.

La ley que creó al Distrito había considerado el alcance de esta política que replica otros distritos en la Ciudad como el Audiovisual, el Tecnológico o el de las Artes. "Son sujetos beneficiarios de las políticas de fomento previstas por la presente Ley, las personas humanas, las personas jurídicas y uniones transitorias de empresas que realicen desarrollos de espacios dentro del Distrito los cuales sean destinados exclusivamente a la realización de actividades relacionadas a la industria vitivinícola, siendo de: a. Distribución de vinos; b. Bodegas, vinotecas y cavas; c. Museos y exposiciones relacionadas al vino; d. Centros de enseñanza, formación y capacitación sobre el vino; e. Administración de empresas vitivinícolas; f. Comercialización mayorista y minorista de vino”, planteaba la ahora cuestionada normativa.

Como informó este periódico, el Distrito del Vino había sufrido un cambio en su normativa a finales del año pasado, cuando se modificaron sus limites. El mismo quedó circunscritpto al perímetro de: Navarro, Concordia, avenida San Martín, General Mosconi, Campana, avenida San Martín, Chorroarín, Warnes, Juan Agustín García, avenida San Martín, Álvarez Jonte, Terrero, Lascano, Alfredo Bufano, Ricardo Gutiérrez, Nogoyá, Llavallol, Vías del tren San Martín, José Pedro Varela y Cervantes. Así, quedó excluída el área residencial devotense, que es la que linda con la emblemática Plaza Arenales y la estación y donde se hallan los sectores con área de protección histórica.

 

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